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Matriz MIPER
Art. 7 inc. 1
¿Tienes una matriz MIPER que cubra todos los procesos, tareas y puestos de trabajo?
¿Cuenta con Matriz de Identificación de Peligros y Evaluación de los Riesgos laborales (En adelante MIPER) que incorpore todos los procesos, tareas y puestos de trabajo?
Art. 7 inc. 2
¿La MIPER cubre riesgos ergonómicos, psicosociales, violencia y acoso, y tiene enfoque de género?
¿La MIPER considera la exposición a todos los agentes y factores de riesgos existentes en el lugar de trabajo (tales como los riesgos ergonómicos, psicosociales, la violencia y el acoso en el trabajo, los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales que se hayan producido, a los riesgos asociados a los programas de vigilancia ocupacional, con enfoque de género)?
Art. 7 inc. 9
¿La MIPER está disponible en el lugar de trabajo e informada a trabajadores, comité y línea de mando?
¿La MIPER se encuentra disponible en los lugares de trabajo y ha sido informada a las personas trabajadoras, comité paritario, delegado de Seguridad y Salud en el Trabajo, los dirigentes sindicales y a toda la línea de mando?
Art. 7 inc. 3
¿La MIPER incluye peligros, evaluación, nivel de riesgo y medidas de control por cada puesto?
La MIPER contiene los siguientes elementos mínimos, y éstos se ajustan a los requisitos normativos y técnicos en la materia: La identificación de los peligros del puesto de trabajo; La evaluación de los riesgos; Magnitud o el nivel de riesgo, y Medidas preventivas de control y de emergencias adicionales.
Art. 7 inc. 9, 64 inc. 2
¿La MIPER tiene fecha y se revisa al menos una vez al año o cuando cambian las condiciones?
¿La MIPER tiene fecha de elaboración y es revisada al menos anualmente o cuando cambien las condiciones de trabajo, ocurra un accidente del trabajo, se diagnostique una enfermedad profesional o se genere una situación de riesgo grave e inminente?
Art. 64 inc. 1
¿Usaste el instrumento de autoevaluación de tu mutual para evaluar condiciones ambientales, psicosociales y ergonómicas?
¿La entidad empleadora de hasta 25 personas trabajadoras, identifica y evalúa sus condiciones ambientales, psicosociales y ergonómicas y el cumplimiento normativo, con el instrumento de autoevaluación del Organismo Administrador del Seguro de la Ley 16.744?
Programa preventivo y EPP
Art. 8 inc. 1
¿Tienes el programa de trabajo preventivo hecho dentro de los 30 días desde la MIPER?
¿La entidad empleadora cuenta con el programa de trabajo preventivo confeccionado, o actualizado, a partir de la MIPER, en un plazo de 30 días corridos desde la confección o actualización de la MIPER?
Art. 8 inc. 1
¿El programa preventivo está por escrito y aprobado por el representante legal?
¿El programa de trabajo preventivo se encuentra por escrito y aprobado por el representante legal?
Art. 8 inc. 1, 2 y 3
¿El programa incluye medidas, plazos, responsables y actividades de promoción de la salud?
El programa de trabajo preventivo contiene: Las medidas preventivas y correctivas a implementar de acuerdo con lo señalado en la MIPER; Los plazos de implementación; Los responsables de implementación; Las actividades de promoción para prevenir los factores de riesgos asociados al consumo de alcohol y drogas en los lugares de trabajo; Difusión de un estilo de vida y alimentación saludables; Actividades para prevenir factores de riesgos asociados a la conducción de vehículos motorizados cuando corresponda; Fechas de modificaciones y aprobación.
Art. 8 inc. 3
¿El programa fue difundido a los trabajadores y enviado al comité paritario?
¿El programa de trabajo preventivo ha sido difundido en los lugares de trabajo a las personas trabajadoras y remitido un ejemplar al Comité Paritario?
Art. 10 inc. 1 y 2
¿Informas los riesgos de máquinas y equipos, y tienes procedimientos de trabajo seguro?
En relación con el uso de máquinas, equipos y elementos de trabajo: ¿Se informa convenientemente acerca de sus riesgos y de su manejo adecuado y seguro? ¿Informa sobre el contenido sustancial de los manuales (cuando existan), instrucciones y fichas técnicas de las máquinas, equipos y elementos de trabajo? ¿Cuenta con procedimiento de trabajo seguro? ¿Informa y capacita sobre la forma de uso correcto y seguro de las maquinarias?
Art. 12
¿Priorizas la protección colectiva por sobre el uso de elementos de protección personal?
¿Se adoptan medidas de prevención de los riesgos laborales, según la prelación de medidas, que privilegien el uso de mecanismos o equipos de protección colectiva de las personas trabajadoras por sobre el uso de elementos de protección personal (En adelante EPP)?
Art. 13 inc. 1
¿Entregas los EPP sin costo para el trabajador?
Ante el riesgo residual ¿Se proporciona a las personas trabajadoras, libres de costo los EPP?
Art. 13 inc. 1
¿Los EPP son adecuados al riesgo que deben cubrir?
¿Los EPP son adecuados al riesgo a cubrir?
Art. 13 inc. 2
¿Los EPP están certificados o registrados en el ISP?
¿Los EPP cumplen con las normas vigentes de certificación de calidad o encontrarse registrados en el Instituto de Salud Pública de Chile (ISP)?
Art. 13 inc. 2
¿Tienes un procedimiento de uso, mantención y recambio de EPP?
¿Cuenta con un procedimiento que considere la utilización, mantenimiento, reposición o recambio de los EPP?
Art. 13 inc. 3
¿Capacitaste a los trabajadores en uso y mantención de EPP, con al menos 1 hora de duración?
¿Las personas trabajadoras se encuentran capacitadas sobre el uso y mantención de los EPP? Nota: Curso de duración mínima de 1 hora, en el que se considere las partes que componen el elemento de protección personal a utilizar, su colocación, limitaciones de uso, limpieza, almacenamiento y prueba de chequeo diario.
Art. 13 inc. 4
¿Tienes registro de esas capacitaciones en EPP, con asistentes, relatores y evaluaciones?
¿Cuenta con registro de las actividades de capacitación en EPP? Nota: El registro debe considerar como mínimo: Actividades teóricas y prácticas; Asistentes; Relatores; Resultados de las evaluaciones de aprendizaje; Actividades de reforzamiento.
Art. 14, 52
¿Evalúas al menos una vez al año el cumplimiento del programa preventivo?
¿Se realiza, al menos anualmente, una evaluación del cumplimiento del programa de trabajo preventivo, especialmente la eficacia de las acciones programadas y se disponen las medidas de mejora continua?
Información y formación
Art. 15 inc. 1
¿Informas a cada trabajador los riesgos de su puesto antes de que empiece a trabajar?
Se informa los riesgos que entrañan sus labores, las medidas preventivas y los métodos o procedimientos de trabajo correctos, determinados conforme a la matriz de riesgos y el programa de trabajo preventivo, a las personas trabajadoras, de forma: Oportuna y adecuada; Previa al inicio de las labores y cada vez que exista un nuevo proceso productivo, cambien las tecnologías, los materiales o sustancias utilizados.
Art. 15 inc. 3, 19 inc. 1
¿Esa información incluye riesgos, medidas preventivas, procedimientos y plan de emergencias?
La información de los riesgos laborales entregada a las personas trabajadoras considera a lo menos: Las características mínimas que debe reunir el lugar de trabajo en el que se ejecutarán las labores; Los riesgos a los que podrían estar expuestas y las respectivas medidas preventivas, incluidos los derivados de emergencias, catástrofes y desastres; Los procedimientos de trabajo seguro; Las características de los productos y sustancias que se manipularán; Los riesgos derivados de emergencias, catástrofes o desastres, considerados en el Plan de gestión, reducción y respuesta, los mecanismos de actuación frente a ellas y el procedimiento de evacuación y traslado de las personas afectadas.
Art. 16 inc. 1
¿Capacitaste en prevención de riesgos, con al menos 8 horas y enfoque de género?
Se efectuó capacitación teórica o práctica en prevención de riesgos laborales a las personas trabajadoras, y esta: Fue realizada en las oportunidades y con la periodicidad definida en el programa de trabajo preventivo, que no podrá exceder de dos años; Contiene las principales medidas de seguridad y salud que deben tenerse presente para desempeñar las labores; Considera un enfoque de género; Tiene una duración de al menos 8 horas, preferentemente dentro de la jornada; Considera metodologías que procuren un adecuado aprendizaje.
Art. 16 inc. 1
¿La capacitación cubre factores de riesgo, efectos en la salud, prestaciones y plan de emergencias?
La capacitación (teórica o práctica) aborda los siguientes temas: Factores de riesgos presentes en el lugar en el que deban ejecutarse las labores; Efectos en la salud por la exposición a factores de riesgos, causantes de enfermedades profesionales; Medidas preventivas para el control de los riesgos identificados y evaluados o inherentes a las tareas encomendadas; Prestaciones médicas y económicas a las que tiene derecho la persona trabajadora; El establecimiento asistencial del respectivo organismo administrador, al que deberán concurrir en caso de accidente del trabajo o enfermedad profesional; Plan de gestión de riesgos de emergencia, catástrofe o desastre de la entidad empleadora; Señalética en los lugares de trabajo, y Prevención de riesgos de incendio.
Emergencias y riesgo grave
Art. 18 inc. 1
Ante un riesgo grave e inminente, ¿informas y suspendes las faenas afectadas?
La entidad empleadora ante un riesgo grave e inminente realizó lo siguiente: Informar inmediatamente a todas las personas trabajadoras afectadas sobre la existencia del mencionado riesgo, así como las medidas adoptadas para eliminarlo o atenuarlo; Adoptar medidas para la suspensión inmediata de las faenas afectadas y su evacuación, en caso de que el riesgo no se pueda eliminar o atenuar.
Art. 19 inc. 1
¿Tienes plan de emergencias, catástrofes o desastres?
¿Se cuenta con uno o más planes de gestión, reducción y respuesta de los riesgos en caso de emergencias, catástrofe o desastres u otros eventos o incidentes conocidos, probables y previsibles de naturaleza interna o externa a la empresa?
Art. 19 inc. 1
¿Haces al menos un simulacro al año de ese plan?
¿Se realiza a lo menos una vez al año pruebas de ensayo del o los planes de gestión, reducción y respuesta frente a los riesgos de emergencias, catástrofe o desastres u otros eventos o incidentes conocidos?
Comité paritario y delegado
Art. 23 inc. 1
¿Está constituido el comité paritario de higiene y seguridad?
¿Se encuentra constituido el Comité Paritario de Higiene y Seguridad en la empresa, faena, sucursal o agencia en que trabajen más de 25 personas?
Art. 32 inc. 1
¿Los integrantes electos hicieron el curso de orientación en el primer semestre de su mandato?
¿Se toman las medidas para que los integrantes electos del Comité Paritario de Higiene y Seguridad que no cuenten con el curso de orientación de prevención de riesgos lo realicen durante el primer semestre de su mandato?
Art. 36
¿Registraste el acta de constitución en el sitio web de la Dirección del Trabajo dentro de 15 días hábiles?
¿Se registró el acta de constitución del Comité Paritario en el sitio web de la Dirección del Trabajo, y esto fue realizado dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha de la elección de representantes de las personas trabajadoras?
Art. 37
¿Das las facilidades para que el comité funcione?
¿La entidad empleadora otorga las facilidades y adopta las medidas necesarias para que funcione adecuadamente el o los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad?
Art. 39 inc. 1 y 2
¿El comité se reúne todos los meses, y de forma extraordinaria ante accidente grave o fatal?
El Comité Paritario de Higiene y Seguridad efectúa reuniones mensuales en forma ordinaria, y en forma extraordinaria en los siguientes casos: A petición conjunta de miembros del Comité; Cuando ocurra un accidente del trabajo fatal o grave; Cuando exista riesgo grave e inminente.
Art. 39 inc. 4, 42 inc. 1
¿Tienes actas de esas reuniones con materias, acuerdos y plazos?
¿Se cuenta con actas de las reuniones efectuadas por el Comité Paritario de Higiene y Seguridad, donde se consigne como mínimo: las materias tratadas, los acuerdos, y en caso de adoptarse medidas preventivas, el plazo de cumplimiento?
Art. 42 inc. 2
¿Los acuerdos del comité se comunican por escrito a la empresa?
¿Los acuerdos del Comité Paritario de Higiene y Seguridad se le comunican por escrito a la entidad empleadora?
Art. 46 inc. 3
¿Le entregas al comité toda la documentación de prevención para que cumpla su rol?
¿Se proporciona toda la documentación de prevención de riesgos laborales de la respectiva entidad empleadora, faena, sucursal o agencia, al Comité Paritario de Higiene y Seguridad, para cumplir su rol en la gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo?
Art. 47
¿El comité cumple sus funciones mínimas, incluida la investigación de accidentes?
¿El Comité Paritario de Higiene y Seguridad cumple con las funciones mínimas? Las funciones mínimas son: Asesorar e instruir a las personas trabajadoras para la correcta utilización de los instrumentos de protección; Vigilar el cumplimiento de las medidas de prevención o de seguridad y salud en el trabajo; Investigar las causas de los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales que se produzcan en la entidad empleadora; Decidir si el accidente del trabajo o la enfermedad profesional cuyas causas hubiere investigado previamente, se debió a negligencia inexcusable de la persona trabajadora; Indicar la adopción de todas las medidas de seguridad y salud que sirvan para la prevención de los riesgos laborales; Promover la realización de cursos destinados a la capacitación profesional de las personas trabajadoras; Informar a la entidad empleadora, cuando detectare que en el lugar de trabajo hubiese sobrevenido un riesgo grave e inminente para la vida o salud de las personas trabajadoras; Cumplir las demás funciones o misiones que le encomiende el Organismo Administrador del Seguro de la Ley 16.744.
Art. 66 inc. 1, 64, 37
¿Tienes delegado de seguridad y salud en el trabajo?
En todo lugar de trabajo o faena, donde laboren entre 10 y hasta 25 personas trabajadoras, ¿cuenta con Delegado de Seguridad y Salud en el Trabajo, que participe en la implementación del Sistema de Gestión para empresas de menor tamaño y demás intervenciones legales asignadas?
Art. 66 inc. 2
¿El delegado se elige cada 2 años en asamblea, dejando acta?
¿El Delegado de Seguridad y Salud en el Trabajo, es elegido cada 2 años, mediante realización de asamblea de las personas trabajadoras de la faena o lugar de trabajo, dejando acta de esta?
Departamento de Prevención
Art. 50, 55 inc. 2
¿Tienes Departamento de Prevención dirigido por un experto inscrito en la SEREMI?
¿Cuenta con Departamento de Prevención de Riesgos, si la entidad empleadora tiene más de 100 personas trabajadoras, dirigido por un experto, inscrito en los registros de la Seremi de Salud?
Art. 51 inc. 1
¿Le das al Departamento los medios y el personal necesarios?
¿Se proporciona al Departamento de Prevención de Riesgos todos los medios y el personal necesario para dar cumplimiento a las funciones y las actividades programadas?
Art. 52
¿El Departamento cumple sus funciones?
¿El Departamento de Prevención de Riesgos cumple con sus funciones?
Art. 54, 55 inc. 1
¿La categoría y dedicación del experto corresponden a tu dotación y cotización genérica?
¿La categoría y tiempo de dedicación mínima del encargado del Departamento de Prevención de Riesgos es determinada en base al número de personas trabajadoras y cotización genérica?
Art. 55 inc. 1 y 3
¿El experto registra su asistencia cumpliendo el tiempo de atención que le corresponde?
¿El encargado del Departamento de Prevención de Riesgos registra asistencia, dando cumplimiento al tiempo de atención definido conforme la norma, según el número de personas trabajadoras y cotización genérica?
Art. 73, 74
¿El Departamento mantiene registros de incidentes, accidentes, vigilancia y tasas, diferenciados por sexo?
El Departamento de Prevención de Riesgos mantiene: Registro de Incidentes o sucesos peligrosos; Registros de todos los accidentes del trabajo, trayecto y de enfermedades profesionales; Registro de personas trabajadoras en vigilancia de la salud; Estadísticas (tasas) de seguridad y salud: tasa de accidentabilidad, tasa mensual de frecuencia, tasa semestral de gravedad; y los registros se encuentran diferenciados por sexo (perspectiva de género).
Art. 75
¿Registras tasa anual de accidentabilidad, accidentes y enfermedades profesionales?
En caso de que la entidad empleadora no esté obligada a contar con Departamento de Prevención de Riesgos, registra la siguiente información: Tasa anual de accidentabilidad por accidentes del trabajo; Todos los accidentes del trabajo y trayecto, y Enfermedades profesionales.
Art. 65 inc. 1
Si designaste un encargado de gestión del riesgo, ¿lo capacitó tu mutual?
La entidad empleadora, que cuenta con hasta 100 personas trabajadoras, y que haya designado a un encargado en materia de Gestión del Riesgo, ¿la persona trabajadora asignada fue capacitada por el Organismo Administrador de la Ley 16.744 en la materia?
Reglamento interno
Art. 56 inc. 1, 57 inc. 1
¿Tienes el reglamento interno al día, entregado gratis y subido a la web de la Dirección del Trabajo?
¿La entidad empleadora cuenta y mantiene al día un Reglamento Interno de Higiene y Seguridad en el Trabajo y este es entregado de forma gratuita a las personas trabajadoras, e ingresado a la página web de la Dirección del Trabajo? Nota: Al ser ingresado en página web de la Dirección del Trabajo será considerado ingresado en Secretaría Regional Ministerial de Salud.
Art. 57 inc. 2
¿Lo enviaste con 30 días de anticipación a trabajadores, comité y sindicatos?
El Reglamento Interno se envía para su consideración y observaciones, con 30 días antes que empiece a regir, a: Las personas trabajadoras; Comité Paritario o del Delegado de Seguridad y Salud en el Trabajo; Las organizaciones sindicales.
Art. 57 inc. 5
¿Lo revisas al menos una vez al año con el comité o el delegado?
¿Se revisa el Reglamento Interno con una periodicidad no inferior a un año, con la participación del Departamento de Prevención de Riesgos o del Comité Paritario o Delegado de Seguridad y Salud en el Trabajo y organizaciones sindicales?
Art. 58
¿Contiene preámbulo, disposiciones generales, obligaciones, prohibiciones y sanciones?
¿El Reglamento Interno contiene como mínimo los siguientes capítulos: preámbulo, disposiciones generales, obligaciones de las personas trabajadoras, prohibiciones y sanciones?