El Decreto Supremo N° 44 (D.S. 44) rige desde febrero de 2025 y obliga a toda empresa, sin importar cuántos trabajadores tenga. Dejamos tu documentación completa y al día, con un experto en prevención validando cada documento.
Nosotros asesoramos en tres frentes
Implementación D.S. 44
Un experto levanta tu operación e implementa tu sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo. SeguritoApp, nuestra plataforma propia, automatiza tus documentos y los mantiene siempre actualizados y en línea, desde el computador o el celular.
Experto externo
Tu oficina de prevención remota, mes a mes: para cualquier requerimiento del día a día, y 24/7 en caso de accidentes o siniestros.
Auditoría en terreno
Visitas presenciales según lo que exijan tus mandantes o tus contratos, con levantamiento de hallazgos, y acompañamiento ante auditorías de certificación hasta cerrar las no conformidades.
La matriz de riesgos la levantamos nosotros
La MIPER es el documento del que depende todo lo demás: el programa de trabajo preventivo, la información de riesgos por puesto y las capacitaciones salen de ella. Por eso una matriz incompleta no es un documento menos: deja sin base a todos los que vienen después.
Se levanta sobre tu operación real, no en una plantilla
Se recorre proceso, tarea y puesto de trabajo para identificar los peligros reales de tu operación. Una matriz bajada de internet sale genérica, y una matriz genérica es de las infracciones más sancionadas del decreto.
La suscribe un experto con registro vigente
Queda firmada por un experto en prevención de riesgos con registro vigente ante la SEREMI de Salud. No es un trámite: es lo que la hace oponible en una fiscalización.
Se mantiene viva
Se actualiza al menos una vez al año, y antes si cambia un proceso, si ocurre un accidente o si aparece un riesgo grave e inminente. Una matriz correcta de hace dos años hoy está vencida.
Los tres servicios de asesoría, y cómo se complementan
Se toman por separado o juntos. El orden natural es implementar, mantener y verificar, pero cada uno resuelve algo distinto: si ya tienes la carpeta hecha, empiezas por el segundo; si te llega una auditoría el mes que viene, por el tercero.
01
Implementación D.S. 44
Desde cero o regularizando lo que ya tienes. Un experto levanta tu operación y deja firmados la matriz de riesgos, el programa de trabajo preventivo, el reglamento interno y la información de riesgos laborales. Es un proyecto con fecha de término.
02
Experto externo
Una oficina de prevención remota, mes a mes. El experto a cargo mantiene tu documentación al día, dicta las capacitaciones obligatorias, gestiona la relación con tu mutualidad, trabaja para bajar tu cotización adicional y contesta ante un accidente a cualquier hora.
03
Auditoría en terreno
Visitas a terreno para diagnósticos, levantamiento de hallazgos o auditorías presenciales, según lo que exija tu mandante, un contrato o una auditoría de certificación. Y te acompañamos cuando llega la auditoría, hasta cerrar las no conformidades.
Esto es lo que más se sanciona
En sus primeros seis meses de fiscalización, el D.S. 44 acumuló $1.004.270.955 en multas iniciales sobre 516 materias sancionadas. Estas son las tres que más se repiten.
156 casos
No informar los riesgos laborales
Es la infracción más sancionada del D.S. 44. El trabajador tiene que recibir por escrito los riesgos de su puesto, las medidas de control y los métodos de trabajo correctos.
62 casos
Matriz de riesgos incompleta
La MIPER tiene que cubrir cada puesto de trabajo y actualizarse al menos una vez al año, y también ante cambios, accidentes o riesgo grave e inminente.
39 casos
Reglamento interno ausente o desactualizado
El RIOHS quedó desactualizado en toda empresa que no incorporó el capítulo de la Ley Karin ni lo ajustó al D.S. 44.
Cada obligación, con su respuesta
D.S. 44
Carpeta de arranque
La documentación completa que exige el reglamento, desde cero: matriz MIPER, programa de trabajo preventivo, reglamento interno, informes de riesgos laborales y registro de incidentes.
D.S. 44
Normalización de brechas
Para la empresa que ya tiene documentos, pero desactualizados o incompletos. Levantamos qué falta, lo corregimos y lo dejamos al día.
Ley 16.744
Reglamento interno (RIOHS)
El reglamento interno de orden, higiene y seguridad redactado desde cero o actualizado: con el capítulo de la Ley Karin incorporado y ajustado al D.S. 44. Es de los primeros documentos que se piden en una fiscalización y de los más sancionados cuando falta o quedó viejo.
Ley 16.744
Comité paritario y delegado de SST
Constitución, actas, elección del delegado en empresas de 10 a 25 trabajadores y capacitación de los miembros electos.
MINSAL
Protocolos de vigilancia
TMERT, PREXOR, PLANESI, CEAL-SM, radiación UV y manejo manual de carga: evaluación, plan de acción y la evidencia que pide el organismo administrador.
Ley 21.643
Protocolo Ley Karin
Protocolo de prevención del acoso laboral y sexual, procedimiento de investigación y su incorporación al reglamento interno.
Ley 21.364
Gestión de riesgos y desastres
Planes de emergencia y evacuación, conformación de brigadas y simulacros con su registro.
D.S. 594
Condiciones sanitarias
Evaluación de las condiciones ambientales del lugar de trabajo y el plan para cerrar lo que la SEREMI de Salud observaría.
D.S. 67
Rebaja de cotización adicional
Acreditación del sistema de gestión para bajar de tramo. Es el único trabajo preventivo cuyo retorno se mide directamente en pesos.
Exportación
Acompañamiento en certificación
BAP y GLOBALG.A.P. con su add-on GRASP: cruzamos lo que exige la norma chilena con lo que revisa el auditor, para presentar una sola evidencia.
Ley 16.744
Investigación de accidentes
Investigación con metodología de causa raíz y emisión de DIAT y DIEP dentro del plazo legal.
Catálogo de documentación preventiva
Cada asesoría termina en documentos que existen, están firmados y resisten una fiscalización. Esto es lo que se entrega y bajo qué norma se exige, y lo revisan nuestros expertos en prevención de riesgos antes de que salga.
Código del Trabajo · Ley 16.744
Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad (RIOHS)
Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad al día: el capítulo de la Ley Karin, obligatorio desde agosto de 2024, y la jornada de la Ley 40 Horas. Lo dejamos además preparado para la ley de protección de datos, que rige desde el 1 de diciembre de 2026. Un reglamento anterior a febrero de 2025 quedó desactualizado aunque la operación no haya cambiado: ahí entró en vigencia el D.S. 44.
D.S. 44
Formatos IRL por puesto de trabajo
La Información de los riesgos laborales que reemplazó a la antigua obligación de informar del derogado D.S. 40, redactada por puesto y no por empresa: los peligros de esa función, las medidas de control que le corresponden y el registro firmado de la entrega.
D.S. 44
Programa de Trabajo Preventivo anual
Carta Gantt y matriz de actividades con metas, responsables, auditorías internas y cronograma de capacitaciones. Incluye las actividades de promoción de la salud que el decreto exige, entre ellas la prevención de los factores de riesgo asociados al consumo de alcohol y drogas.
D.S. 44
Matriz MIPER
Identificación de peligros y evaluación de riesgos por proceso, tarea y puesto de trabajo, no una plantilla genérica: es el documento del que dependen el programa preventivo y los procedimientos, y el que la fiscalización revisa primero.
D.S. 44 · Ley 21.364
Plan de emergencias y GRD
Protocolo ante sismo, incendio o contingencia crítica, con organigrama de líderes de emergencia, plano de zonas de seguridad y registro de simulacros.
D.S. 44
Procedimientos de Trabajo Seguro (PTS)
Procedimientos estandarizados para las tareas críticas: trabajo en altura, manejo manual de carga, ergonomía, uso de maquinaria y bloqueo de energías.
D.S. 44 · D.S. 594
Procedimiento y registro de EPP
Estándar de entrega, reposición y capacitación de uso, con el registro de recepción firmado y la certificación de cada elemento de protección personal.
MINSAL
Protocolos ministeriales aplicables
Plan de gestión e implementación de los protocolos que te correspondan: TMERT de trastornos musculoesqueléticos, PREXOR de ruido, radiación UV de origen solar y CEAL-SM de riesgo psicosocial.
D.S. 44
Protocolo de alcohol y drogas
El decreto exige incluir en el programa preventivo actividades para prevenir los riesgos asociados al consumo de alcohol y drogas. Lo dejamos por escrito como protocolo: alcance, procedimiento, resguardo de la confidencialidad y registro de difusión, listo para incorporar al reglamento interno.
D.S. 44 · Ley 16.744
Constitución del comité paritario o del delegado
Convocatoria, elección, acta de constitución y capacitación de los miembros electos, según corresponda comité desde más de 25 trabajadores o delegado entre 10 y 25. Aplica a cualquier centro de trabajo: oficina, local, planta o faena.
Ley 16.744
Procedimiento de investigación de incidentes
Formato de investigación, árbol de causas, plan de acción con responsables y plazos, y el registro que pide el organismo administrador.
D.S. 44
Mapas de riesgo
Los mapas que el decreto exige a la vista en cada lugar de trabajo, con los principales riesgos que determina la matriz. Se entregan dentro de la implementación o como asesoría específica, según lo que se acuerde con cada cliente para su realidad comercial y productiva.
Cómo trabajamos
Diagnóstico
Revisamos qué exige la normativa para tu dotación y tu rubro, y qué tienes hoy. Sale un listado de brechas concretas, sin costo y sin compromiso.
Generación
Un experto del equipo levanta cómo trabaja tu operación, a distancia o en terreno si la faena lo requiere. Con ese levantamiento escribe la matriz MIPER, la información de los riesgos laborales (IRL) y los procedimientos de trabajo seguro de tus tareas críticas.
Validación
Cada documento lo firma un experto del equipo con registro SEREMI vigente, que es quien responde por lo que firma. El programa de trabajo preventivo, además, lo aprueba tu representante legal, como exige el decreto.
Acompañamiento
Seguimos contigo después de la entrega: cuando cambia la norma o entra un trabajador nuevo, tus documentos se actualizan sin rehacer todo.
Con quién trabajamos
Empresas de 1 a 100 trabajadores
Hasta 100 trabajadores no estás obligado a tener departamento de prevención propio, pero sí a cumplir el D.S. 44 completo. Es el tramo donde la asesoría externa reemplaza a un equipo interno.
Contratistas que acreditan ante mandantes
Cuando la empresa principal te pide la carpeta antes de dejarte entrar a faena, y cada día sin ella es un día sin facturar.
Empresas con auditoría anual
Exportadoras, packing, plantas de proceso, salmonicultura y cualquier proveedor al que le auditan el sistema de gestión una vez al año: el certificado tiene fecha de vencimiento y sin él no hay embarque ni contrato.
Empresas que ya tienen prevencionista
No lo reemplazamos: trabajamos con él en tres roles, como asesores cuando necesita respaldo técnico, como auditores cuando hay que revisar el sistema con ojo externo, y como capacitadores de su equipo.
Preguntas frecuentes
¿Puedo externalizar al experto en prevención de riesgos?
Depende de tu dotación. Sobre 100 trabajadores la ley obliga a tener departamento de prevención propio y la Dirección del Trabajo ha dictaminado que ese experto no se externaliza. Bajo ese umbral sí puedes trabajar con asesoría externa, que es donde entramos nosotros.
¿Cuánto demora tener la carpeta lista?
El plazo se acuerda contigo y queda por escrito en la propuesta, antes de empezar y no después: depende del tamaño de la operación, de cuántos centros de trabajo hay y de qué tengas hecho. Lo que sí acorta el trabajo en todos los casos es que el experto no parte de cero: llega con el levantamiento de tu operación ya hecho.
¿Trabajan con la plataforma SeguritoApp durante la asesoría?
Sí. La asesoría se trabaja sobre SeguritoApp, así tus documentos quedan vivos y actualizables en vez de ser un PDF que envejece en una carpeta. El plan de la plataforma y su valor van detallados en la propuesta, junto con el resto del servicio.
¿Atienden fuera de Santiago?
Sí, en todo Chile. El levantamiento y el seguimiento se hacen de forma remota, y coordinamos visita a terreno donde la faena lo requiere.
Ya me fiscalizaron y tengo una multa. ¿Sirve de algo llamarlos?
Sí, y conviene apurarse. Las micro y pequeñas empresas (hasta 49 trabajadores) pueden pedir, una vez al año por la misma infracción, sustituir la multa por un programa de asistencia al cumplimiento (artículo 506 ter del Código del Trabajo), pero hay un plazo acotado para acogerse y dejarlo pasar encarece la sanción. Lo primero que hacemos es revisar en qué etapa está tu caso.
¿Cuánto cuesta una asesoría?
Depende de tu dotación, tu rubro y de cuánto tienes hecho. Por eso el diagnóstico va primero y sin costo: recién con las brechas a la vista tiene sentido hablar de números.
¿Todas las empresas necesitan RIOHS o hay un mínimo de trabajadores?
Todas. El D.S. 44 obliga a toda entidad empleadora a establecer y mantener al día un reglamento interno de higiene y seguridad, sin importar cuántos trabajadores tenga: no hay mínimo, y tener uno solo ya te obliga. Lo que cambia con el tamaño es el alcance del documento, no la obligación. Desde diez trabajadores permanentes el Código del Trabajo suma el capítulo de Orden, y por eso el reglamento completo se llama de Orden, Higiene y Seguridad; con menos de diez el tuyo es más acotado, pero tiene que existir, estar firmado y estar al día. Y hay dos fechas que lo dejan viejo: desde agosto de 2024 tiene que incorporar el protocolo de la Ley Karin, y desde febrero de 2025 rige el D.S. 44, que reescribió el marco preventivo completo. Un reglamento anterior a febrero de 2025 está desactualizado aunque nunca hayas cambiado la operación.
¿El D.S. 44 obliga a tener un protocolo de alcohol y drogas?
Obliga a algo más concreto que un protocolo suelto: el programa de trabajo preventivo tiene que incluir actividades de promoción para prevenir los factores de riesgo asociados al consumo de alcohol y drogas en el lugar de trabajo. En la práctica eso se documenta como un protocolo escrito —alcance, procedimiento, resguardo de la confidencialidad y registro de difusión— y se incorpora al reglamento interno. Sin ese respaldo escrito la actividad puede haber ocurrido, pero no se puede acreditar en una fiscalización.