Cómo lo escribe el decreto
El D.S. 44 lo nombra «programa de trabajo preventivo». Ése es el término que va a aparecer en un acta de fiscalización y en cualquier requerimiento de la Dirección del Trabajo o de la SEREMI de Salud.
Sí, es el mismo documento. Lo que se busca como «programa de prevención de riesgos» el decreto lo llama programa de trabajo preventivo, y es obligatorio para toda entidad empleadora. Acá está qué tiene que contener, quién lo firma, cada cuánto se actualiza y qué mira la fiscalización.
La confusión es real y tiene una causa: el reglamento no usa el nombre con que se lo busca. Saberlo evita rehacer un documento que ya estaba bien.
El D.S. 44 lo nombra «programa de trabajo preventivo». Ése es el término que va a aparecer en un acta de fiscalización y en cualquier requerimiento de la Dirección del Trabajo o de la SEREMI de Salud.
Programa de prevención de riesgos, programa de prevención de riesgos D.S. 44, programa preventivo anual. Son la misma obligación: si tienes uno con cualquiera de esos títulos y cumple el contenido, cumples.
Del que va primero, que es la matriz. La MIPER —también escrita IPER— identifica los peligros y evalúa los riesgos por proceso, tarea y puesto; el programa es lo que se hace con ese resultado. Redactarlo antes que la matriz obliga a rehacerlo.
No es una declaración de intenciones: es un plan con fechas y con nombres. Lo que sigue es el contenido que entregamos y el que revisa la fiscalización.
Cada peligro que la MIPER identificó, con la medida de control que le corresponde. Es la parte que conecta los dos documentos y la primera que se nota cuando falta: un programa con actividades que no responden a ningún riesgo identificado.
Carta Gantt y matriz de actividades: qué se hace, quién responde y cuándo. Sin responsable y sin fecha, una actividad no es verificable, y lo que no es verificable no acredita cumplimiento.
Las capacitaciones del período, calendarizadas. Van con su registro de asistencia: el decreto exige poder demostrar que se hicieron, no sólo que estaban planificadas.
La revisión periódica del propio sistema, con su frecuencia declarada. Es el mecanismo por el que el programa se corrige solo antes de que lo corrija una fiscalización.
El decreto exige incluir actividades de promoción de la salud, y entre ellas las de prevención de los factores de riesgo asociados al consumo de alcohol y drogas. Es la parte que más veces falta en programas armados a las apuradas.
Dos preguntas que deciden si el documento sirve o es papel. Las dos tienen respuesta en el decreto.
No basta con que lo redacte un prevencionista: el programa de trabajo preventivo lo aprueba el representante legal de la empresa, como exige el decreto. Es una firma que no se delega.
Y además ante cambios en los procesos, ante un accidente y ante una situación de riesgo grave e inminente. La misma regla que rige la matriz de la que depende: un programa del año pasado sobre una operación que cambió no cumple.
Nos hacemos cargo del levantamiento y de la redacción, y un experto con registro vigente ante la SEREMI de Salud lo revisa y lo firma. La automatización acelera el borrador; no reemplaza el criterio profesional ni la firma que la ley pide.
La app es para el prevencionista con registro SEREMI: el de tu empresa, interno o externo, o tú, si lo eres. No parte de una planilla en blanco: diseña la matriz MIPER en minutos y, con ella, el programa de trabajo preventivo —actividades, responsables, plazos y cronograma— listo para que lo apruebe el representante legal. La prueba son 7 días con el Plan Avanzado completo. Si tu empresa no tiene prevencionista, el programa lo hace nuestro equipo con la asesoría.
Identificación de peligros y evaluación de riesgos por proceso, tarea y puesto de trabajo. Es el documento del que depende todo lo demás, y la app lo deja armado para revisar.
Las actividades que salen de tu matriz, con metas, responsables, plazos, auditorías internas y cronograma de capacitaciones, listas para que las apruebe el representante legal.
La información de los riesgos laborales redactada puesto por puesto, lista para entregar y para registrar la firma de cada trabajador.
Los PTS de tus tareas críticas, redactados a partir de los mismos peligros que la matriz identificó, sin volver a empezar de cero.
Los protocolos de vigilancia que te correspondan y las inspecciones planificadas, cada una con su registro para acreditar que se hicieron.
Todo el sistema en un solo lugar, desde el computador o el celular. Registras inspecciones y datos en terreno aunque no haya señal, y al recuperar conexión se sincronizan.
Un prevencionista que asesora a varias empresas las administra centralizadas en el mismo lugar, sin una planilla por cliente. La escalera va desde 1 empresa en el plan Free hasta 10 en Corporativo.
Cada documento sale en PDF, listo para enviar o para presentar en una fiscalización con la firma del prevencionista a cargo, sin volver a armarlo a mano.
SeguritoApp permite versionar los documentos.
La denuncia individual de enfermedad profesional y la de accidente del trabajo. Va incluido en el Plan Avanzado, que es con el que corre la prueba.
Entras con tu cuenta de Google: un clic, sin formulario, sin crear contraseña y sin tarjeta de crédito.
La prueba corre con el Plan Avanzado: hasta 4 empresas, 250 trabajadores en total y 200 documentos por día. Si asesoras a más, la escalera llega a 10 empresas en el plan Corporativo.
¿Necesitas el programa y no sabes por dónde empezar?
Te decimos qué te falta y en qué orden se arma. El diagnóstico no tiene costo: cuéntanos tu rubro y cuántos trabajadores tienes.
Sí. El D.S. 44 lo llama «programa de trabajo preventivo» y en el mercado se lo busca como «programa de prevención de riesgos». Es el mismo documento y la misma obligación. Lo que importa para cumplir no es el título de la portada sino el contenido: medidas salidas de la matriz, metas, responsables, plazos, capacitaciones, auditorías internas y actividades de promoción de la salud.
Se puede, y es el error que más veces encontramos. El programa sale de lo que la matriz identificó: hacerlo antes obliga a rehacerlo cuando la matriz aparece. La MIPER va primero, y de ella dependen el programa, los formatos IRL y los procedimientos de trabajo seguro.
Lo aprueba el representante legal de la empresa, como exige el decreto. El experto en prevención de riesgos lo redacta y lo revisa; la aprobación es del representante legal y no se delega. Por eso un programa sin esa aprobación es un borrador, aunque su contenido esté completo.
Al menos una vez al año, y además ante cambios en los procesos, ante un accidente y ante una situación de riesgo grave e inminente. Es la misma periodicidad que rige la matriz de la que sale.
Son dos obligaciones distintas del mismo decreto y se cruzan: el comité paritario participa en la prevención y sus acuerdos se reflejan en el programa. Desde 25 trabajadores corresponde constituirlo; bajo ese número puede corresponderte un delegado de seguridad y salud. Cuál te toca depende de tu dotación.
Como estructura, puede orientar. Como documento, no: un programa que no responde a los peligros que TU matriz identificó no acredita nada, y es exactamente lo que una fiscalización detecta al cruzar los dos documentos. El contenido tiene que salir de tu operación.
Es una infracción al D.S. 44 y se sanciona. Las empresas de hasta 49 trabajadores pueden pedir sustituir la multa por un programa de asistencia al cumplimiento, pero hay un plazo acotado para acogerse: dejarlo pasar encarece la sanción. Si ya tienes un acta en la mano, lo primero es revisar en qué etapa está el caso.