156 casos
No informar los riesgos a los trabajadores
Es la infracción número uno, y también la más simple de evitar: cada trabajador debe recibir por escrito los riesgos de su puesto, las medidas de control y los métodos de trabajo correctos, con constancia de que lo recibió.
Se levanta el listado de cargos, se emite el informe de riesgos laborales de cada uno y se deja registro firmado de la entrega. Ojo con la sigla: la antigua ODI del D.S. 40 ya no existe; el instrumento vigente es el IRL.
62 casos
Matriz de riesgos incompleta
No basta con tener una matriz: tiene que cubrir cada puesto de trabajo real y estar vigente. Las observaciones más comunes son puestos que no aparecen y matrices que no se actualizan desde hace años.
Se revisa puesto por puesto contra la operación real, se completan los peligros faltantes y se fija la revisión anual, además de las que gatillan un accidente, un cambio de proceso o un riesgo grave e inminente.
39 casos
Reglamento interno ausente o desactualizado
Muchas empresas tienen reglamento, pero escrito antes de la Ley Karin y del D.S. 44. Un reglamento que no incorporó esos capítulos se observa igual que no tenerlo.
Se actualiza el texto con el capítulo de acoso laboral y sexual y los ajustes del nuevo reglamento, y se rehace la entrega a los trabajadores con su constancia.